Inspecciones Períodicas (ITB)

En Náutica Comarruga te ofrecemos un servicio de inspección periódica (ITB), realizado por nuestros profesionales cualificados para que tu embarcación cumpla con la reglamentación exigida.

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Datos a tener en cuenta con el ITB:

  • Es obligatorio disponer del Certificado de Navegabilidad (ITB)  o Inspección Técnica Buques, similar a la ITV de los coches, que acreditará que nuestra
    embarcación cumple con las condiciones exigidas reglamentariamente, da constancia de los reconocimientos efectuados, su clase y la fecha de los próximos
    a realizar.
  • Los reconocimientos periódicos obligatorios los realizan las entidades colaboradoras de la Administración, mientras que el reconocimiento inicial continua
    siendo efectuado por la Administración Marítima.
  • Se debe acudir a una Entidad Colaboradora de Inspección, con una antelación mínima de 15 días naturales a la fecha de caducidad de Certificado de
    Navegabilidad, si bien previamente se debe canjear el antiguo Certificado de Navegabilidad por el nuevo en la Capitanía Marítima.
  • Las embarcaciones que deben pasar la ITB son las las de la Lista 6ª con eslora entre 2,5 y 24 metros y las de la Lista 7ª con eslora entre 6 y 24 metros.

 

Tabla informativa:

Sin título

 

Si está interesado en nuestro servicio puede ponerse en contacto en el siguiente formulario:

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